Abbildungen der Seite
PDF
EPUB

de lo que le merecia nuestra voluntad y actiones, tanto mas que agora no habia para que estorbarse tanto en la dicha neutralidad, pues teniamos paz con francia, y esto de Alemania a que su Sd. devia ayudar por lo que concernia su dignidad no tenia que hacer con lo otro; y que en quanto a lo que decia que no dieremos credito assi de ligero a todo lo que se nos dijese de su Sd, que asi como eramos lento en nuestras cosas lo eramos mucho mas en creer las agenas, pero porque las de su Sd. siendo tan notorias no se podia decir oir y creellas sino ver y creellas, pues, demas de la falta de la gente por no haberse pagada y la dilacion de los dineros que nos causaron mucho interese y aun si no tuvieramos credito con la gente, pudiera por ventura suceder mayor inconveniente y peligro - junto con la publicacion de la capitulacion, que fue causa de hacer la empresa mas dificil y costosa en el tiempo que su Sd. nos debia mas ayudar, para que tan buen principio como nuestro señor nos ha dado en estas cosas se consiguiese con el fin que se spera en su servicio, havia dado tan fria y seca respuesta a los cabos de la instruccion de don Juan de Mendoza con haverla tanto dilatado, de donde no se podia conjecturar sino que hubiese sido su intencion meternos en esto y dejarnos al mejor tiempo, comprobandose por lo que es tan publico en Italia y en todas partes que de muchos dias antes que llegase don Juan con la dicha instruccion se decia que su Sd. havia assegurado y prometido al rey de francia que no nos assistiria ni ayudaria mas a esta empresa, lo qual en ninguna manera lo podriamos creer ni persuadirnos que en cosa tan de servicio de Dios y a que su Sa. era tan obligado faltase de continuar en la dicha contribucion y ayuda, sino lo hubieramos visto tan claro, allende de lo que agora ultimamente habia pasado en Argentina, que tractandose de querer venir los de aquella cibdad a nuestra obediencia como las otras se les asseguró de parte del rey de francia que estuviesen firmes, que su Sa. en ninguna manera nos ayudaria a la dicha empresa: y que si todas estas particularidades y otras muchas que no queriamos tener delante, de la dilacion del despacho de los vasallos de los monasterios y otras, eran parte para sentirnos de su Sd, que el mismo nuncio y todo el mundo lo juzgase. Y habiendonos el replicado a cada cosa, trabajando por satisfazer a ellas y justificar las de su S., echando la culpa

a nuestros ministros que se habian contentado, no dejando el Gerone (que estaba presente) algunas de acudir de quando en quando, dimos fin a la platica con decir que viendo los dichos nuestros ministros que no podian sacar mas çumo de su Sd. no era de maravillar que se viniessen a contentar con lo menos y que presto se podria ver lo que su Sd. haria, porque de aquella manera pensavamos proceder de aqui adelante.

Hablonos luego en lo del duque de Castro, escusando lo de Romanese por el derecho que tenia a la jurisdiction de aquel lugar siendo de la de Plasencia, para que por esto no dexasemos de tener del la buena impresion que hasta aqui como lo merecia su affeccion y desseo. A lo qual le respondimos como convenia, apuntandole que en esto y en otras cosas debiera el duque tener mas respecto a las de nuestro servicio y no fortificar el dicho lugar de Romanese sin darnos aviso dello ni querer que la cosa se tratase amigablemente como antes estaba concertado, añadiendo a esto la diligencia que habia usado en la ocupacion de los dos lugares del conde de Fiesco pretendiendo caer en su jurisdiccion y pertenecerle por razon de la deuda de las galeras que habia comprado de su S., no mirando que lo haviamos mandado tomar a nuestra mano por la traicion que hizo siendo nuestro pensionario y feudatario del sacro imperio, con decirle lo que el vulgo que tanto querria abarcar al dicho duque que no apretasse nada, y que assi como el se hubiese en estas y otras cosas asi mirariamos de proceder en las suyas. De alli vino a hablar en lo del baron de la Laguna, dandonos un breve sobrello y quejandose del poco caso que habian hecho los diputados y lugarestenientes de Aragon en proceder adelante en la causa no obstante las letras inhibitorias y declaratorias que se habian intimado; y nos le respondimos que no se debian maravillar que sus censuras fuesen asi tenidas en poco promulgandolas tan a la continua por cada cosa que fuese y que a los reynos de Spaña que tan obedientes eran a la sede apostolica su Sd. debia mirar de tractarlos con algo de mas respecto; y porque el nuncio vino a decir que en todas las otras partes y provincias eran obedecidas y respectadas las letras apostolicas y censuras, no quesimos dexar de traerle a la memoria lo poco que debian en esta parte al reyno de francia y otros, pues se sabia y era notorio en quan poco las tenian, pero que no ob

Maurenbrecher, Carl V. Anhang.

7

stante esto, pues no habiamos de mirar sino a lo mejor y a lo que siempre haviamos acostumbrado, que en este ne-. gocio se haria lo que conviniese; y con esto se dispidieron el dicho nuncio y Gerone. De lo qual todo os havemos querido avisar assi particularmente para que podays tener noticia de lo que ha pasado y hagays mejor oficio, respondiendo a lo que en Roma os podria ser propuesto asi por su Sd. como por los suyos, presuponiendo como es de creer que el nuncio no faltara de screvir particularmente todo lo que con el havemos pasado y aun por ventura mas asperamente segun se ha entendido de lo que a otros ha referido.

Y pues por la platica y esperiencia que teneys de los negocios y la particularidad que en esta se os da del presente, junto con lo que terneys entendido de Juan de Vega y Don Juan de Mendoza de los terminos que alla han usado su Sd. y los suyos, podreys justificar la respuesta que aca havemos dado a los dichos Nuncio y Gerone con las razones y causas tan grandes que tenemos de estar sentido, mirareis si no habiendo aprovechado las dulzuras y dissimulaciones de hasta aqui y las diligencias y buenas obras hechas a su Sd. y los suyos con la larga toleranca de no haber cumplido ny en lo del dinero y entretinimiento de la gente, juntamente con la dilacion de la respuesta al cargo de Don Juan y ser aquella tan seca, sera mejor y mas a proposito estotro medio que aca se ha tenido, y pareciendoos que por este camino se puede sacar algun fructo en nombre de Dios y donde no guiarlo eys con la dexteridad y buena manera de que sabeis usar, haciendo todas diligencias y procurando de saber el fin que tienen su Sa. y los suyos y dandoles a entender que aunque todo esto ayamos pasado con el nuncio la cosa esta todavia entera y en terminos que haciendo su Sa. lo que debe y es obligado por nuestra parte no se faltara de corresponder como hasta aqui lo habemos hecho, pues de otra manera nos seria forçado hacer lo que nos pareciese ser mas conveniente asi a nuestra auctoridad y dignidad como a nuestras cosas.

Y aunque tenemos por cierto que quando aca llegue sereis ya en Roma si por ventura no hubiesedes llegado dareis aviso a Juan de Vega de lo que desto os parescera para que entretanto que llegays haga el oficio que sera conveniente, remitiendose en la particularidad a lo que vos direis y hareis en presencia.

Despues de escripto lo de arriba haviendo entendido mas particularmente la manera de proceder del duque de Castro en mas cosas mandamos al obispo de Arras que hablase al nuncio y a la gente del dicho duque sobrellas diciendoles .

que con razon deviamos tener y lo demas que en esta conformidad le pareciesse, y ambos se hizieron muy nuevos de lo que le imputabamos, concluyendo con que avisarian al duque y speraban que daria tal satisfaccion de si que no le dejasemos de tener en aquel grado de verdadero servidor y aficionado nuestro que hastaqui.

Tambien hablo el dicho de Arras al nuncio sobre las tres galeras del conde de Fiesco diciendole que pues eran bienes del dicho conde y nos se lo habiamos mandado confiscar que tambien habian de ser nuestras, y el dicho nuncio respondio que no creya que su Sd. lo negaria, pues era justo, aunque despues se entendio del que no quisiera haberse alargado tanto: por esto siendo en Roma entre las otras cosas que tractareis con su Sd. sera hacerle una instancia para que aquellas se nos entreguen, estando en su poder o de los suyos, como cosa devoluta a nos por la traicion cometida siendo nuestro pensionario y feudatario del sacro imperio, y veniendo en ello como no se debe dubdar estareis advertido que no se han de enviar a Genova sino que han de servir debajo de cargo de Don Bernardino de Mendoza, vuestro hermano.

(Leg. 644. fol. 77.)

13. Carl an Don Diego Hurtado de Mendoza. 17. März 1547.

Desde Ulma os escribimos muy largo lo que habiamos pasado con el nuncio de su Sd, el qual habiendo tenido despues cartas de Roma nos pidio estos dias audiencia y hablo en tres puntos, començando la platica con decir que no habia podido dejar de avisar a su Sa. de lo que se hablaba y decia en esta corte, que lo succedido en Genova habia sido con sabiduria y intelijencia suya, y que su Sa. estaba muy maravillado que se dijese ni pensase de su persona semejante cosa, añadiendo que habia de ser una de dos cosas, o que nos dabamos credito a ello o no, que si lo creiamos nos rogaba que quisiesemos informarnos bien de la verdad, porque sabiendola se librase de tal

opinion y no se pensase que habia de intervenir ni ser parte en una tan señalada vellaqueria (por este termino) siendo su Sa. tan hombre de bien, y que si no lo creiamos podriamos muy bien ver quan grande era la malignidad de la gente que queria poner sombra y turbar la union tan sincera y buena amistad dentre su S. y nos, de la qual procedian tan buenas obras como se veian, señalando lo desta empresa y el buen efecto del concilio. A lo qual le respondimos que ni lo creiamos ni dejabamos de creer y que asi no havia la distincion cumplida, porque de una parte parecia cosa tan lexos de lo que se podra imaginar y fuera del deber y correspondencia de su dignidad que no parecia verisimile y de la otra habia tantos indicios y entre otros la cifra que se habia hallado en Roma y caidosele al otro en tiempo, que no se puede dejar de presumir que en Roma se tratase algo dello y que asi se podran con gran trabajo escusar de alguna nota a lo menos algunos ministros, pero que Dios y el tiempo darian al fin testimonio de lo que era verdad y a aquello nos remittiamos.

Y porque el nuncio nos replicó a esto apretandonos si podria dar esta consolacion al papa de certificarle que no creyamos tal cosa de su persona, le diximos que por lo que en esto le habiamos respondido bien veya que no lo podiamos afirmar sino era diciendo lo que era falso, pues le habiamos claramente dicho que ni lo creiamos ni lo dexabamos de creer; a lo qual tornó a replicar que verdaderamente no se hallaria que su Sd. hubiese tenido parte ni sabido dello en ninguna manera, sino que habia sido invencion de personas que querian estorbar la aparencia que hay de tan buenas obras que, como arriba esta dicho, se siguen de la buena correspondencia y amistad de entre ambos, como son lo de la dicha empresa y progreso del concilio, en el qual en el articulo de la reformacion se tracta de que los obispos asi cardenales como otros que tienen dos obispados dejen el uno y que los que son de la provision de su Sd, le renuncien dentro de seis meses y los que a la provision de los principes dentro de un año y los cardenales que no residieron en sus iglesias esten cerca de su Sd. en Roma, a lo qual nos pareció no responder muy largo, sino solamente que la reformacion conveniente de lo que escedia de la razon seria en todo tiempo muy a proposito.

Acabada esta materia entro luego en otra, diciendo que

« ZurückWeiter »